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JUBILACIÓN...¿A LOS 67 AÑOS?

Cómo se calcula la pensión: 

- Años cotizados: Desde 2002, el mínimo de años que hay que cotizar para recibir la prestación es de 15. En este caso, solo se tiene derecho a cobrar un 50% del salario percibido. A medida que este periodo se amplía, entre 15 y 25 años, la cantidad a percibir aumenta a razón de 3 puntos por cada ejercicio de más que se contribuya a las arcas de la Seguridad Social. A partir de los 35 años cotizados, el incremento por año es de 2 puntos. Por tanto, si se ha estado cotizando durante 27 años, se cobra el 84%. Para garantizarse una pensión equivalente al 100% del sueldo hay que haber pagado religiosamente a la Seguridad Social durante 35 o más años.

- Periodo de cómputo: Aunque es mejor cuantos más años se cotice, para fijar la cuantía de la pensión solo se tienen en cuenta los salarios de los últimos 15, que generalmente coinciden con los de un mejor sueldo.

Fuente: El País

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